Con base en lo dispuesto por el Consejo Estatal de Seguridad y al Acuerdo de Medidas de Seguridad Sanitaria, publicado el 19 de marzo de 2020 en el periódico oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” informamos que, a fin de contrarrestar la propagación del virus mundial COVID-19 en nuestro municipio, se implementarán las siguientes medidas:
Cerrarán temporalmente:
1. Gimnasios, bares, cantinas, billares y salones de eventos.
2. Espacios públicos municipales: Unidad Deportiva, el Volcán, Mundo Acuático, Lienzo Charro, Palenque Municipal, Auditorio y Teatro del pueblo, Centro Cultural, Biblioteca, Casa de Artesanías, Centro de Día, las canchas de usos múltiples en las colonias San Francisco, el Puente y comunidades.
3. Talleres deportivos y culturales.
4. Negocios de toda índole establecidos en el municipio, podrán operar como máximo hasta las 18:00 hrs.
5. Cierre de comercios para venta de alimentos en calles y avenidas.
6. Los restaurantes operarán con restricción de horarios, ajustándose libremente a la modalidad de entregas a domicilio u órdenes para llevar.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN:
1. Restaurantes, loncherías, taquerías, pizzerías y cafeterías, atenderán de 06:00 a 18:00 hrs., reduciendo su aforo al 50%, manteniendo una distancia de 1.5 a 2 metros entre cada mesa.
2. Mercado Municipal, tiendas comerciales y de conveniencia, laborarán de 06:00 a 18:00 horas, apegados a las medidas emitidas por la autoridad sanitaria y de protección para clientes y personal, promoviendo la sana distancia.
3. Los hoteles operarán en su horario habitual, respetando también el aforo de sólo el 50%. Atendiendo la recomendación de llevar un registro de procedencia de cada huésped.
4. Para la venta de bebidas alcohólicas solo serán de envase cerrado, independientemente de la denominación y localización, solo podrán vender al público dichos productos de 08:00 a 18:00 hrs.
5. Las farmacias estarán disponibles las 24 horas a fin de cubrir las necesidades prioritarias de la población.
6. Las gasolineras trabajarán en su horario habitual, brindado las medidas pertinentes de seguridad a su personal y clientes.
AQUELLOS ESTABLECIMIENTOS QUE NO CUMPLAN CON LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD SANITARIA DETERMINADAS EN ESTE DOCUMENTO, SERÁN ACREEDORES A UNA MULTA DE HASTA 15 MIL PESOS.
Dichas medidas entran en vigor a partir del 20 de marzo del presente año y están fundamentadas en el numeral 21 y demás relativos del Acuerdo de Medidas de Seguridad Sanitaria.