HUIMILPAN Y SUS COMPLICACIONES JURÍDICAS: ALFIL

TRAS LA VERDAD

Paso a pasito se va resolviendo el problema de la anulación de la elección en el Municipio de Huimilpan. Sin embargo los legisladores que se fueron dejando las cosas inconclusas, en tratándose de las atribuciones que corresponden al Consejo Municipal que hace las funciones de autoridad en tanto se vuelve a elegir a la nueva fórmula que deberá gobernar ese municipio.

Por lo que al proceso electoral corresponde el IEEQ, se ha ajustado al calendario que aprobaron para la realización de las distintas etapas procesales que comprenden desde la participación de ciudadanos sin partido, hasta los tiempos para las coaliciones, candidaturas comunes, precampañas, campañas; en fin hasta la jornada electoral, la calificación de la elección y entrega de constancia de mayoría y de representación proporcional.

Dada la participación de los partidos en el seño del Consejo General del IEEQ, todos ha tenido la oportunidad de opinar, propones o inconformarse si es necesario. Como lo ha hecho el representante del PAN, ahora Delegado Municipal, quien dejó como advertencia de que no participara Juan Guzmán en la elección extraordinaria.

Este es otro bueno tema, en ninguna de las sentencia se condenó a Juan Guzmán a la pérdida de sus derechos políticos y civiles, por lo tanto tiene, hasta ahora, derecho a volver a ser candidato de cualquier partido político que lo postule. Tampoco existe alguna otra resolución jurisdiccional que impida participar a Juan en el proceso electoral. Ahí quedó la inquietud.

El problema de fondo si bien en un principio los legisladores locales, como lo advertimos con toda oportunidad, ampliaron el sentido de la facultad de designar el Consejo Municipal, en el supuesto que lo hicieron, dado que ni la Constitución ni leyes secundarias bordan las atribuciones en caso de anulación de elecciones, cuando el periodo de quienes gobiernan fenece y no hay quien gobierne.

Así fue que, ampliando la interpretación bajo el argumento constitucional pro persona o como ellos le llamaron “pro homine”, se arrogaron la facultad aquella que reza:“quien puede los más puede los menos” y antes de irse nombraron a los integrantes del Concejo –con C- Municipal; y para intentar complementar lo hecho, reformaron la Ley Orgánica Municipal, entre otros artículos el 43 último párrafo, otorgándole las mismas facultades a este órgano de gobierno, que aquellas que ejerce el Ayuntamiento. Así de “simplones”, seguramente les dio flojera ahondar, ya se iban, así que la reforma se publicó en “La Sombra de Arteaga”, el 29 de septiembre pasado, cuando ya no estaban en funciones.

De tal suerte que los Concejales municipales –esperemos- deberán estar siendo asesorados, ya que todos carecen de la experiencia jurídica, a pesar de que regidores pasaron a ser concejales.

Al menos son 3 meses los que estarán actuando en calidad de autoridades y todos sus actos deben cumplir a “pie juntillas” los extremos de la ley y para tal efecto surgen las obligadas interrogantes ¿Integraron las comisiones de dictamen? ¿Dejaron a las mismas autoridades o nombraron nuevas y en su caso quién las propuso? ¿Quién formuló la iniciativa de ley de ingresos? ¿Nombraron síndicos municipales –dos- o están sin representante legal? ¿Qué salario o dieta se autorizaron los concejales y en base a qué? ¿Cobran o no cobran alguna otra prestación los concejales? ¿El proceso de entrega recepción se cumplió cabalmente? ¿Dejaron suficiencia de recursos los que se fueron? ¿Quién pues los supervisa? Como estas y otras actividades, no fueron señaladas en las reformas hechas a toda prisa por aquellos que se autorizaron el alza de su dieta al 100%.

Y, como legalmente no hay autoridad entre el Estado y el municipio, legalmente nadie tiene atribución de ejercer autoridad sobre los concejales ¿Quién pues los asesora legalmente? Este es otro problema que dejaron pendiente los que se fueron y habrá que cuidar que nada ilegal suceda en ese “gobierno” municipal llamado Concejo, debido a que, abusos o errores involuntarios pueden generar consecuencias legales inesperadas.

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