POR CULPA DE FUNCIONARIO COLIMENSE ANULAN ELECCIÓN

TRAS LA VERDAD

Por la intromisión del Secretario de Desarrollo Social, del gobierno del Estado de Colima, durante el pasado proceso electoral, al utilizar programas sociales en pro del PRI, dijeron los magistrados del TEPJF, decidieron el pasado jueves 22 anular la elección, por considerar que se rompió el principio de certeza.

Muy interesantes e ilustrativos los argumentos en pro y en contra de la anulación de la elección del pasado 6 de junio, en el Estado de Colima. De los seis Magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal, 4 votaron por la anulación y 2 por declarar válida la elección.

Criterios jurídicos no solo propios, también del derecho comparado y resoluciones de tribunales internacionales fluyeron para la justificación de lo resuelto: la anulación de la elección. Y todo por la aportación de una prueba superviniente que aportó el PAN, en la que grabaron –como en Querétaro, pero sin efecto alguno- en la que el Secretario de Desarrollo Social, de ese Estado giraba instrucciones para utilizar recursos y personal del gobierno en apoyo del candidato al gobierno del Estado. Una inconstitucional e ilegal grabación fue tomada en cuenta como prueba fundamental de la anulación.

Esa prueba superviniente que surgió fuera del proceso y que llegó a manos de los Magistrados, sin oportunidad de debatirla, objetarla, o tildarla de falsa por parte de la oposición o del declarante –en el juicio de reconsideración- fue suficiente para que se anulara la voluntad popular de los colimenses.

Prueba superviniente que, dijo el Presidente de la Sala, no objetó el sedicente Secretario de Desarrollo Social; de tal suerte, dijo, lo ordenado por el alto servidor público violentó la certeza en cuanto a la voluntad de los electores y contaminar al sufragante. La magistrada Alanís dijo que las amenazas del PAN –del candidato y senador a su vez-, no la habían intimidado en su voluntad para decidirse por la anulación de la elección ¿Entonces para qué se justificó? De haber razonado de la misma manera, la Magistrada debió defender la voluntad del electorado y no pensar que lo dicho por el Secretario fue suficiente para contaminar la voluntad del electorado en el número indeterminado que provocara el triunfo y votar entonces por el PRI y sus aliados. Así los argumentos de defensa personal de los Magistrados, sirven de sustento para unos hechos y para otros no.

No hubo declaraciones de los votantes para saber si las dádivas de los programas que dio el gobierno influyeron para que votaran por el PRI y aliados electorales. No. Simplemente lo supusieron, lo imaginaron, no hubo la certeza que dijeron defender, y pretendiendo proteger la certeza del sufragio, atentaron contra la certeza de toda la elección de los colimenses. Así es la justicia electoral.

Y algo mucho más delicado que los mismos Magistrados señalaron, pero eso no afectó al resultado de la resolución, fue el delicado hecho en que incurrió el candidato del PAN Jorge Luís Preciado Rodríguez, quien sin haber terminado el proceso judicial, se reincorporó en sus funciones de senador, vamos que siendo candidato en disputa él volvió a ejercer funciones de senador. Vaya incongruencias jurídicas tan evidentes para unos y para otros pasan desapercibidas.

Algo más. Anulado el proceso electoral, Jorge Luis Preciado se hizo presente en Colima, ahora con eso de la amenaza del Huracán “Patricia” y se arropó con el Presidente de la República, cuando este hacía un recorrido, a lo que Peña Nieto le preguntó si ya andaba en campaña nuevamente; el senador, candidato y aspirante no respondió, a lo que uno de sus acompañantes, espetó: “sí lo conoce el Presidente de la República, sí lo conoce”.

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