Confía Miguel Nava, presidente de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ), que los diputados evaluarán su trabajo se forma objetiva, luego de que el pasado nueve de agosto informó a la Legislatura local, su intención de reelegirse en el cargo, por lo cual espera ser escuchado.
“Manifesté mi intención de reelegirme a la legislatura, en términos de lo que mandata la propia Constitución en el artículo 33, apartado A y también a partir del artículo 20 de la Ley de Derechos Humanos vigente en el estado, se contempla la posibilidad de que yo sea reelecto”.
Añadió que la legislatura tiene la facultad de nombrar, remover o ratificar a los servidores públicos.
“Pero en el supuesto de que la legislatura quisiera que fuera reelegido o que otra persona pudiera ser presidente o presidenta de la Defensoría, si la persona o yo no quiero, no podrían obligarme, al contrario es lo mismo. Tengo el derecho de ser escuchado, he presentado mi carta de intención con una serie de anexos”.
Explicó que para que los diputados anuncien una convocatoria, es a través de tres supuestos, el primero, que el presidente de la DDHQ no se presente.
“Y entonces sacar la convocatoria en un segundo periodo. El otro supuesto es que el presidente o presidenta manifieste su intención de ir y la legislatura ratifique y, en caso de no querer ratificar, tendrá que motivar las razones”.
Puntualizó que los legisladores deberán evaluar su trabajo al frente del organismo autónomo, de manera imparcial y objetiva.
“El segundo supuesto es que si el presidente o presidenta de la institución en el primer p segundo periodo se muere o renuncia, y entonces se podría sacar la convocatoria y el tercer supuesto es que el presidente o presidenta de la Defensoría estén terminando un segundo periodo y ya no hay un tercer periodo para ser elegido”.
Dejó en claro que los legisladores deben de garantizar el derecho de audiencia y determinar la reelección o no.
Aseveró que su periodo concluye el 11 de febrero del 2017, por lo cual los diputados deberán escucharlo antes de esta fecha.
“Solo podría emitirse una convocatoria en el supuesto de que fundada y motivadamente me digan que yo no soy, tiene que darse el 11 de enero o un mes después de mi periodo, la convocatoria”.