De acuerdo a información recabada por este medio informativo, El titular de la Notaria No 21 fue inhabilitado por parte de la Dirección de Gobierno del Estado, tras acreditarse diversas irregularidades en el ejercicio de su función. en agravio de ciudadanos.
De acuerdo con el documento que el presente medio de comunicación cuenta en su poder, Víctor Hugo González, Caballero, Director de Gobierno de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, emitió la sanción correspondiente del notario antes mencionado, toda vez que se encontraron elementos suficientes considerados como graves en el ejercicio de su función notarial, por lo que se procedió a la suspensión de actividades durante 6 meses.
Cabe hacer mención que dicha resolución sancionatoria fue interpuesta, luego de que el Consejo de Honor y Justicia del Consejo de Notarios del Estado de Querétaro, hubiese revisado supuestamente el caso de forma detenida, y no considerará como suficientes los elementos que acreditarán irregularidades en el ejercicio de su función.
Lo anterior se desprende de una queja presentada en su contra por supuesto abuso de la función pública al protocolizar 4 escrituras como fedatario público, identificando en sus respectivos apéndices que se omitieron en un proceso de carácter penal a pesar de estar obligado de acuerdo a la ley notarial.
Cabe hacer mención que el titular de la Notaria 21, cuenta con antecedentes en cuanto a la Comisión de Infracciones en el ejercicio de la función notarial, habiéndose impuesto sanciones de multa, por lo que en aras de salvaguardar el orden público, seguridad jurídica y el adecuado funcionamiento de la función notarial se le decreto la suspensión en el ejercicio de la función notarial por 6 meses.
Los hechos notorios que consideró como antecedentes la Dirección de Gobierno del Estado se contemplan dentro del periodo del 15 de abril del 2010, al 16 de mayo del 2017, tiempo en el que notario antes mencionado recibio sanciones por violaciones a la Ley Notarial para el Estado de Querétaro.
Entre los antecedentes en los que se detectaron irregularidades en el ejercicio de su función que dieron pie a que se emitieran las sanciones correspondientes se encuentran los siguientes expedientes.
1.- Procedimiento Administrativo de la queja No Q/0052/2010 en fecha 15 de abril del 2010, en la que se decretó la responsabilidad administrativa y se aplicó una sanción de 100 días de multa de salario mínimo vigentes en ese tiempo.
2.- Procedimiento Administrativo de la queja Q/0002/2011 en la fecha 18 de julio del 2011, en donde se le decretó responsabilidad administrativa y consecuentemente se le aplicó la sanción, consistente en la aplicación de 500 días de salario mínimo.
3.- Procedimiento Administrativo de la queja Q/0015/2012 en la fecha 16 de Mayo del 2017, donde se le decretó responsabilidad administrativa y se le aplicó una sanción de 20 veces el Valor de la Unidad Medida y Actualización.
4.- Procedimiento Administrativo de la queja Q/0018/2012 en fecha 20 de junio del 2013, se decretó responsabilidad administrativa y consecuentemente se aplicó una sanción consistente en 1000 veces el salario mínimo general vigente.
5.- Procedimiento Administrativo, de la queja No Q/0067/2012 en fecha 22 de junio del 2017 se decreta responsabilidad administrativa y se aplica una sanción de 200 veces el Valor de la Unidad Medida y Actualización.
6.- Procedimiento Administrativo Nu E.A./004/2016 en fecha 16 de mayo del 2017, se decreta responsabilidad administrativa y una imposición de multa de 100 mil veces el Valor de la Unidad de Medida y Actualización.
Cabe hacer mención que a pesar de la reincidencia o antecedentes con los que cuenta dicho Titular de la Notaría No 21, la sanción que consideró como adecuada el Director de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, fue simplemente de 6 meses de suspensión.