AMPI CAPACITA A AGENTES INMOBILIARIOS Y EMPRESAS ACERCA DEL REGLAMENTO DE LA LEY QUE REGULA AGENTES Y EMPRESAS INMOBILIARIAS DEL ESTADO DE QUERÉTARO

Pedro Roberto Reyes Martínez, presidente de la Asociación, refirió que el reglamento pretende regularizar a agentes y a empresas inmobiliarias de la entidad 

 Querétaro, Qro.- La Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI), Sección Querétaro, ofreció una conferencia a agentes inmobiliarios y empresas acerca del Reglamento de la Ley de Agentes y Empresas Inmobiliarias del Estado de Querétaro con la finalidad de que conozcan las  obligaciones que este estipula para llevar a cabo su actividad. 

 Pedro Roberto Reyes Martínez, presidente de la Asociación refirió que el reglamento pretende regularizar y capacitar a agentes y empresas inmobiliarias de la entidad, por lo que obliga a estos a capacitarse para obtener la certificación EC0110.01 emitida por CONOCER y tramitar su licencia. 

 “Además, para regularizarnos no solamente debemos de tramitar nuestra licencia o permiso, sino que debemos de cumplir con todas las obligaciones que vienen en el reglamento para poder prestar nuestros servicios”, expresó. 

 En este sentido, dijo que los agentes y empresas inmobiliarias tienen 365 días para obtener su licencia, a partir del 17 de noviembre del presente año cuando se publicó en el Periódico Oficial de la Estado de Querétaro la Sombra de Arteaga el Reglamento de la Ley de Agentes y Empresas Inmobiliarias del Estado de Querétaro. 

 “A partir de la entrada en vigor del reglamento, que es un día después al de su publicación, corre el plazo para que las personas físicas y morales dedicadas a las actividades inmobiliarias se regularicen en términos de la ley y ahora sí, sobre advertencia no hay engaño”, afirmó. 

 En ese sentido, explicó a los asistentes los requisitos que se necesitan para obtener la licencia o permiso como agente o empresa inmobiliaria, respectivamente, así como el proceso que se debe de llevar para la renovación de la licencia o permiso. 

 Comentó que la reposición de licencia o permiso surte efecto ante destrucción, deterioro, robo o extravío de la licencia o permiso; en este caso se debe contar con una constancia del Registro de Agentes y Empresas Inmobiliarias en donde se indique la vigencia de su licencia y se debe exhibir ésta en tanto no se expida la reposición. 

 Igualmente, a los presentes señaló que el reglamento refiere que ante la muerte del agente o la extinción de la empresa inmobiliaria se realizará la cancelación de la licencia. 

 Los Agentes y Empresas Inmobiliarias se encuentran obligadas a exhibir sus licencias y permisos al llevar a cabo actividades inmobiliarias y una de las grandes virtudes de la Ley y su reglamento, según el dirigente gremial, es que habrá un Registro Público de Agentes y Empresas Inmobiliarias en el que cualquier persona podrá consultar, que el agente o empresa que contrate para que le presten sus servicios, cuenten con su licencia o permiso vigente, se pueda verificar el domicilio donde presta sus servicios, así como conocer el historial de sanciones de las que haya sido objeto, en su caso. 

 Reyes Martínez destacó además que el reglamento indica que los propietarios de los inmuebles deben firmar un contrato de prestación de servicios con el agente inmobiliario o empresa que promoverá la venta o renta del inmueble de su propiedad. 

 Asimismo, refirió que entre las sanciones por incumplir las normas del reglamento se incluyen la amonestación por escrito, multa de 50 hasta 350 UMAS, suspensión de licencia o permiso hasta 30 días, clausura temporal de hasta 365 días naturales de establecimiento e instalaciones, y revocación de licencia o permiso. 

 Las personas físicas o morales, agregó, que no cuentan con licencia o permiso se harán acreedores a multa, y no se otorgarán licencias o permisos nuevamente a quienes se les revoquen, además de que las sanciones pueden ser impuestas resultado de procedimientos iniciados de oficio por la autoridad o por queja por parte de particulares. 

 Finalmente, Reyes Martínez, refirió que AMPI buscará sostener una reunión con las autoridades de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Gobierno del Estado para solicitarle aclare algunos preceptos del reglamento y de ser necesario, se consideren modificaciones a algunas disposiciones en el mismo para una adecuada aplicación de la Ley. 

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