Los agentes inmobiliarios son sujetos obligados a cumplir con los lineamientos de esta Ley Federal, entre los que destacan registrarse en el portal anti lavado de dinero y reportar las operaciones en las que participan.
Aún un alto número de profesionales inmobiliarios que operan en el país y en Querétaro no cumplen con las obligaciones que refiere La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita o Ley Antilavado de Dinero, motivo por el cual la Asociación de Profesionales Inmobiliarios (AMPI) invita a los agentes a conocer la norma y regularizarse, expresó Pedro Roberto Reyes, presidente de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI), Sección Querétaro.
Durante el desayuno mensual de la asociación, señaló que los agentes inmobiliarios son sujetos obligados a cumplir con los lineamientos de esta Ley Federal, entre los que destacan el registrarse en el portal antilavado de dinero y reportar las operaciones en las que participan.
Dijo que la Ley Antilavado de Dinero considera que algunas actividades tienen riesgo de ser utilizadas como vehículo para financiar al terrorismo y lavar dinero, motivo por el cual busca ser un marco jurídico que evite el uso de diversas actividades, entre ellas las operaciones inmobiliarias, para cometer estos delitos.
Por lo tanto, refirió que los agentes inmobiliarios están obligados a reportar mensualmente las operaciones que llevan a cabo e identificar a los usuarios y clientes a quienes les prestan el servicio y contar con documentación de estos como CURP e identificación, entre otros.
“La intención con esta ley es que el profesional inmobiliario sirva como sensor para que la autoridad federal pueda detectar alguna operación que se esté llevando a cabo a través de inmuebles para lavar dinero o financiar el terrorismo”, explicó.
Los profesionales inmobiliarios y notarios están obligados a emitir avisos mensuales en los que reporten las operaciones inmobiliarias que llevan a cabo, de no hacerlo se pueden hacer acreedores a multas económicas que pueden ir de 754 mil 700 a 4 millones 906 mil pesos, o el incluso hasta el valor del inmueble que fue parte de la operación no reportada.
Pedro Roberto Reyes consideró necesario que exista una campaña de comunicación a través de la cual se informe a los profesionales inmobiliarios acerca de aquello que deben cumplir con relación a la Ley Antilavado de Dinero, además comentó que la falta de conocimiento de algunos de los agentes Inmobiliarios respecto de sus obligaciones se debe a la escasa profesionalización e improvisación de sus actividades, hablando sobre todo de aquellos que no están dentro de una asociación o prestan sus actividades sin preocuparse por capacitarse adecuadamente.
“Estamos revisando cuántos asociados y afiliados están cumpliendo con la ley y daremos atención específica para que puedan cumplir”, indicó.
La AMPI aún no tiene identificado que la autoridad fiscal federal haya impuesto multas a quienes no hayan presentado sus avisos, pero sabe que ha empezado a invitar a algunos profesionales inmobiliarios para que cumplan con sus obligaciones.
Los servicios de construcción, de desarrollo de inmuebles, servicios de intermediación o comisión en la venta de inmuebles, cuando se lleve una operación de compra – venta o de transmisión de inmuebles se les considera actividad vulnerable en materia de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo o actividades de la delincuencia organizada.
Solamente tienen obligación los agentes de dar aviso cuando las operaciones superan los 605 mil 807 pesos. Cuando las operaciones inmobiliarias excedan esta cantidad deberán realizar el aviso al Servicio de Administración Tributaria.
También, el arrendamiento cuya prestación mensual exceda 121 mil 165 pesos se considera una operación vulnerable, aunque los agentes deben dar aviso cuando el arrendamiento sea superior a los 242 mil 322 pesos mensuales.