CNDH emitió recomendación a FGEQ, por violación al Derecho Humano

También se emitió recomendación a FGR delegación Querétaro.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) realizó recomendaciones a la Fiscalía General de la República (FGR), a la Fiscalía General del Estado de Querétaro (FGEQ) y al Gobierno de Tlaxcala, por lo que consideró cometieron violaciones al derecho humano de acceso a la justicia en su modalidad de procuración y a la intimidad en relación con la integridad y seguridad personal en perjuicio de víctimas de trata de personas.

La CNDH informó (en documento oficial con fecha del 17 de mayo del 2022) que el 5 de marzo de 2019 recibió la queja de la víctima, en la que señaló que después de estar aproximadamente quince años desaparecida, había sido rescatada en el estado de Tlaxcala junto con sus tres hijos, menores de edad.

Por los citados hechos, la CNDH interpuso denuncia ante la FGR donde se radicó la Carpeta de Investigación, por los delitos de matrimonio forzado y servil y por trabajo forzado; sin embargo, la FGR se declaró incompetente para conocer del asunto, por lo que formularon una ampliación de declaración, no obstante, la FGR determinó remitir la investigación a la FGEQ.

De igual manera, el 7 de marzo de 2019, la víctima detalló que una semana antes de que fuera rescatada, sufrió una agresión sexual, sin embargo, el personal pericial de la FGR no llevó a cabo una revisión exhaustiva respecto de su estado de salud.

Por dichos hechos, se inició el expediente CNDH/5/2019/2127/Q, para documentar las violaciones a derechos humanos se requirió información a la FGR, a la PGJET y a la FGEQ, así como, en colaboración, a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Querétaro y a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal de Querétaro, cuya valoración lógico-jurídica es objeto de análisis en el capítulo de Observaciones de esta Recomendación

La CNDH determinó que las evidencias que integran el expediente de queja CNDH/5/2019/2127/Q, realizada en términos de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se cuenta con elementos suficientes para determinar violaciones a los derechos humanos de acceso a la justicia en su modalidad de procuración y a la intimidad en relación con la integridad y seguridad personal en perjuicio de las víctimas de trata de personas, atribuibles a personas servidoras públicas de la FGR, de la FGEQ y de la PGJET.

Evidencias del caso

Por lo anterior, la CNDH indicó que se tienen evidencias suficientes para que este Organismo Nacional, en ejercicio de sus atribuciones, presente denuncias ante el Órgano Interno de Control en la Fiscalía General de la República, ante el Órgano Interno de Control en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala y la Unidad de Visitaduría y Asuntos Internos de la misma Procuraduría, al igual que, ante la Contraloría de la Fiscalía General del Estado de Querétaro a fin de que se sustancien los procedimientos administrativos respectivos, en los que se deberá tomar en cuenta las evidencias referidas en la presente Recomendación, para que se determinen las responsabilidades de las personas servidoras públicas de esas dependencias que intervinieron en los hechos violatorios a derechos humanos acreditados en el caso, con el objetivo de que se sancione a los responsables de las violaciones a derechos humanos cometidas en agravio de 8 víctimas.

Recomendaciones generales

De manera general, entre lo que solicita la CNDH es que se formule a las dependencias públicas incluir las medidas que procedan, para lograr la efectiva restitución de las personas afectadas en sus derechos fundamentales y las relativas a la reparación de los daños y perjuicios que se hubieran ocasionado, para lo cual el Estado debe investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos en los términos establecidos en la ley.

Para buscar facilitar a las víctimas hacer frente a los efectos sufridos por causa de las violaciones de derechos humano, la CNDH solicita la rehabilitación para las víctimas, que incluye la “la atención médica y psicológica, así como servicios jurídicos y sociales”, además del derecho a “Recibir tratamiento especializado que le permita su rehabilitación física y psicológica con la finalidad de lograr su reincorporación a la sociedad”.

También solicita la aplicación de medidas de satisfacción mediante la aplicación de sanciones judiciales o administrativas a las autoridades y personas servidoras públicas responsables de violaciones a derechos humano.

Así como la implementación de medidas de no repetición que consisten en implementar las medidas que sean necesarias a fin de evitar la repetición de hechos violatorios de derechos humanos y contribuir a su prevención.

Recomendaciones a cada dependencia

En la parte final del documento, la CNDH pide, en lo particular, a la FGR realicen las acciones necesarias para solicitar la inscripción de las víctimas en el Registro Estatal de Víctimas de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Querétaro; se repare el daño a las citadas víctimas y se les brinde una compensación justa y suficiente, de acuerdo a lo previsto en la Ley General de Víctimas y la Ley de Protección a Víctimas, Ofendidos y Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal del Estado de Querétaro; de igual forma, se les otorgue la medida de rehabilitación, a través de la atención psicológica y médica especializada durante el tiempo que se requiera, previo consentimiento de las víctimas, remitiendo a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.

De igual manera, se pide a las FGR con la Contraloría en la Fiscalía General de Estado de Querétaro, en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que este Organismo Nacional presente en contra de autoridades, con motivo de los actos y/u omisiones precisadas en los hechos y observaciones de la presente Recomendación, y remita a esta Comisión Nacional las constancias con que se acredite su cumplimiento.

También, pide a esta dependencia se diseñen e impartan cursos de capacitación dirigidos a la autoridad responsable y a las personas servidoras públicas adscritas a la Unidad de Atención y Determinación de la FEVIMTRA.

A la gobernador de Tlaxcala solicita realice las acciones necesarias para solicitar la inscripción de las 8 víctimas, en el Registro Estatal de Víctimas y Ofendidos de Tlaxcala de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendidos de Tlaxcala, hecho lo anterior, en coordinación con esa Comisión Ejecutiva y una vez que ésta emita el dictamen correspondiente conforme a las violaciones a derechos humanos señaladas en la presente Recomendación, se repare el daño a las citadas víctimas y se les brinde una compensación justa y suficiente, de acuerdo a lo previsto en la Ley General de Víctimas y la Ley de Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos de esa entidad; de igual forma, se les otorgue la medida de rehabilitación, a través de la atención psicológica y médica especializada durante el tiempo que se requiera, previo consentimiento de las víctimas, remitiendo a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.

También, le pide gire sus instrucciones a quien corresponda para que, la Procuraduría General del Estado de Tlaxcala continúe con la debida integración y perfeccionamiento de la Carpeta de Investigación 2, para que se practiquen a la brevedad las diligencias tendentes al esclarecimiento de los hechos y para determinar, en su caso, la probable responsabilidad penal que corresponda, colaboré con el Órgano Interno de Control y la Unidad de Visitaduría y Asuntos Internos de la PGJET en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que este Organismo Nacional realizó en contra de funcionarios públicos; se diseñen e impartan por personal calificado y con suficiente experiencia en la materia, cursos integrales de capacitación dirigidos a servidores públicos; se realicen e implementen todas las medidas y acciones necesarias para la protección de la identidad de las víctimas y/o probables víctimas de los delitos en materia de trata de personas para el resguardo de sus datos personales y la protección a su derecho a la privacidad e intimidad.

Finalmente, solicita a la FGEQ que realice las acciones necesarias para solicitar la inscripción de las víctimas en el Registro Estatal de Víctimas de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Querétaro.

Se colaboré con la Contraloría en la Fiscalía General de Estado de Querétaro, en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que este Organismo Nacional presente en contra de las autoridades responsables.

Diseñe e imparta por personal calificado y con suficiente experiencia en la materia, cursos integrales de capacitación dirigidos a autoridades responsables y, con respecto a sus facultades, se aplique las sanciones conducentes y se subsane la irregularidad de que se trate.

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