La Magistrada Presidenta del Poder Judicial del Estado de Querétaro, María Consuelo Rosillo Garfias, refirió que respecto al caso de la sustracción del menor Daniel Mojica García el pasado 30 de octubre, aún no hay acción aplicable ya que ellos pueden iniciar proceso hasta que el Ministerio Público consigne a una persona para que pase al juez calificador.
“Depende de las circunstancias que rodean un hecho delictivo, que son las que determinan la probabilidad de una sanción o, en su caso, de la no sanción, depende de las circunstancias en las que se hayan dado”.
Con nosotros sólo puede llegar un asunto de esta naturaleza una vez que el MP consigne a la persona respecto al hecho delictivo que se le está imputtando”.
“Sí es un delito obviamente grave, suponiendo que la persona no tuviera ningún vínculo familiar con el bebé que sustrajeron, bueno pues, esta penalidad, este delito, sería considerado como grave”.
Dijo que la pena para la persona que sustrajo al menor puede ser variable y que el delito es considerado como grave, especialmente si el individuo que realizó la sustracción no tiene ninguna relación familiar con el menor, pero que la penalidad puede ser diversa de si fuue e familiar o un total extraño, y si actuó solo o con alguna otra persona.
Recalcó que en el año es el primer caso que se presenta de sustracción de menor en Querétaro y que las que ha habido en años anteriores no son recurrentes y se consideran como hechos aislados, por lo que al momento no hay una estadística que muestre un incremento en este delito.
Señaló que muchas veces interviene la familia en las sustracciones porque existe un conflicto entre los padres, pero que hasta el momento la persona que sustrajo al menor no está considerada como familiar y circulan en los medios y redes sociales retratos hablados de él.