Presenta Daesy Hinojosa iniciativa para ampliar beneficiarios de pensión por muerte

Para poder acceder a este derecho, la iniciativa advierte como un acto necesario el comprobar el parentesco y el carácter de dependiente económico.

La diputada local del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, Daesy Hinojosa, presentó una iniciativa de ley que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro, con el propósito de ampliar los beneficiarios de pensión por muerte al proponer que los ascendientes (padres y abuelos, por ejemplo) de los trabajadores de los tres poderes y los dieciocho municipios, también sean acreedores a este derecho.

Actualmente, manifestó la legisladora, la normativa establece que en una pensión por muerte son beneficiarios la esposa o esposo del trabajador fallecido y que en caso de no haber, los descendientes menores de dieciocho años de edad, o en estado de invalidez que les impida valerse por sí mismos o de hasta veinticinco años solteros, en etapa de estudios de nivel medio superior o superior de cualquier rama del conocimiento en planteles oficiales o con reconocimiento oficial; y a falta de estos a la concubina o concubinario del trabajador fallecido.

No obstante, “es necesario e importante señalar que también los ascendientes tienen derecho a ser beneficiarios, a falta de todos los anteriores, “ya que puede haber casos en los que padres o abuelos sean los únicos dependientes económicos de los trabajadores, de manera que si el trabajador falleciera, la pensión por muerte contribuirá a que los ascendientes no se queden sin un apoyo económico indispensable para su vida cotidiana”, dijo enfática.

Para poder acceder a este derecho, explicó que la iniciativa advierte como un acto necesario el comprobar el parentesco y el carácter de dependiente económico; el primero a través del acta de nacimiento y el segundo mediante copia certificada de la declaración que emita el juez familiar en el que se reconozca tal carácter, además de otros requisitos ya establecidos en la Ley en comento:

  1. a) Constancia de antigüedad y de ingresos, expedida por el Titular del área encargada de Recursos Humanos u órgano administrativo equivalente;
  2. b) Solicitud por escrito de jubilación o pensión por vejez del trabajador;
  3. c) Dos últimos recibos de pago del trabajador; y
  4. d) Acta de nacimiento

Con ello, la iniciativa busca favorecer en este tipo de situaciones, a las familias de los trabajadores que laboran en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como en los dieciocho gobiernos municipales, incluyendo a elementos de los cuerpos policiacos de cada una de dichas demarcaciones.

De manera conjunta, la diputada Hinojosa también presentó una iniciativa para reformar la Ley de Profesiones del Estado de Querétaro con la finalidad de actualizar y armonizar diferentes términos, derivados de la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales en Querétaro, así como de las reformas a la Constitución Política Federal en materia de Desindexación de Salario Mínimo.

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