TRAS LA VERDAD
El Diputado Luis Bernardo Nava Guerrero, anunció que en la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, acordaron nuevamente posponer la entrada en vigor del Proceso penal oral en el Distrito Judicial de Querétaro, por pedimento de la Junta de Concertación Política.
Por tercera ocasión se suspende la entrada en vigor la norma nacional aprobada por las Cámaras de Senadores y de Diputados –federal-. Sin mayor justificación el Pleno aprobará la entrada en vigor hasta mayo próximo. Cierto, se estará aun dentro del periodo establecido en artículos transitorios de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Debió entrar en vigor el pasado 30 de marzo, de acuerdo con el Artículo Segundo Transitorio de la Ley publicada el 27 de junio de 2013. Posteriormente fue pospuesta al mes de septiembre de este año de 2015 y cuando aún no se cumple el plazo fijado por los mismos legisladores, ahora propondrán que la entrada en vigor en el Distrito Judicial de Querétaro, sea hasta mayo del próximo año.
Se trata pues de una mala planeación de ejecución de la obra y equipamiento –supongo-, con acuerdos legislativos también equívocos. Las razones de este último retraso no se acompañan con la voz de los responsables de poner en ejecución el procedimiento de justicia penal acusatorio en materia de oralidad, a pesar de que así se estableció desde la reforma federal, al obligar al Judicial a que emita la solicitud para la implementación del sistema y con justa razón, toda vez que, insisto, este es quien aplica la norma nacional. El Poder Judicial ya ha puesto en práctica la nueva normatividad procesal en los otros Distritos Judiciales.
Las justificaciones que como razonamientos exponen los legisladores, algunas de ellas no son aplicables, al considerar que la próxima administración podría revisar todo a detalle. Pero no dice a cuál administración se refiere, si la del Poder Judicial o a la del Poder Ejecutivo. Para este efecto solo opina el Poder Judicial y estos seguirán siendo los mismos magistrados, por lo que no habrá cambio de administración; salvo que se refiera al nuevo presidente o presidenta que desde septiembre próximo tendrá ese Poder, pero en estos casos los acuerdos son del Pleno y seguirán los mismos magistrados. De ahí lo ininteligible del mensaje de algunos legisladores. El Poder Ejecutivo legalmente sin incumbencia.
El Presidente del Tribunal Suprior de Justicia, había anunciado que ahora sí entraría en vigor la nueva legislación en septiembre próximo ¿Entonces? Los miembros de la Junta de Concertación tampoco argumentaron las razones de su petición ¿No alcanzó el dinero, no han terminado con las capacitaciones, no han concluido con las obras adecuadas, no está el equipo técnico de apoyo, las autoridades judiciales no están preparadas aún, los abogados no están preparados, los defensores no están capacitados? ¡Nada se sabe! Se ignora si las razones para la tercera suspensión de la entrada en vigor de la norma procesal son financieras, económicas o técnicas. Solo se sabe que el nuevo plazo para la entrada en vigor de la Ley de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro, ahora será en mayo de 2016, según lo informado.
Procesalmente, lo más importante es que se está en tiempo acorde con lo establecido en el articulado transitorio de la reforma constitucional federal. Lo malo, ha sido una errónea planeación por parte de los responsables que ha obligado a posponer hasta por tres ocasiones la entrada en vigor de esta nueva ley en el Distrito Judicial más importante, el de Querétaro, importante en cuanto al número de asuntos que desahogan. Vale no improvisar, mucho menos que por cumplir con los plazos haya un servicios de administración de justicia penal deficiente. En esto sí no estaríamos de acuerdo.